Podcast número quince
Permítanme recomendarles el podcast conjunto entre Canarias Posible y Canarias Nación. Esta entrega hace la número quince y, entre otras cosas, los tamaimos hablamos de la polémica acerca de los fondos para cultura en la ciudad de Las Palmas, los últimos acontecimientos en torno a la memoria histórica en nuestras islas, el predominante papel de Internet en el archipiélago, el queso de Arico,… muchos temas, todos ellos vistos con perspectiva canaria, aunque desde fuera de Canarias. Así que ya saben, si tienen un ratito, mientras navegan por los mares procelosos de la red, enciendan los altavoces y hónrennos con su escucha.













¿Pacto de Calatayud?
Guayota
En la comunidad de Calatayud, estado español, en el Parque de las Islas Canarias, localizamos el busto de “Hernando de Guarnateme” (erróneamente denominado por la historia como Fernando). Un monumento cuya autoría y fecha se desconoce.
La esfinge consta de tres partes: sobre una columna de volutas se alza el busto del representado; en medio del pedestal de piedra un escudo romboidal en bronce coronado, donde se localiza un bajorrelieve representando a los Reyes Católicos y Hernando de Guarnateme. Con la siguiente leyenda que lo circunda: «Calatayud 1483. Firma del Pacto de la Unificación de Gran Canaria a España por los Reyes Católicos y Monarca canario Fernando de Guanarteme. Versión histórica por Domingo Navarro Navarro» (el presumido término de “España” evidencia una españolizada visión respecto a aquella época). Finalmente, en el zócalo de granito se localizan, igualmente en bajorrelieve, las siete islas canarias con sus nombres y escudo real. Es evidente el término “Monarca Canario”, así como la referencia al citado pacto. Seguidamente, más abajo y de la siguiente manera, nos lo narran desde esa región española, Calatayud. Lo despliego en alusión a los que insinúan que “El Pacto de Calatayud” es una ensoñación surgida del colectivo AMAGA: «Fernando de Guarnateme es el sobrenombre de Tenesor Semidán, líder aborigen canario. Nace hacia 1420 en la isla de Gran Canaria. Era hijo del Guanarteme de Gran Canaria Artemi Seridán (finales del siglo XV). En 1483 viaja a España por primera vez y firma la Carta de Calatayud, pacto entre los reinos de las Españas y el Reino de Canarias el 30 de mayo en Calatayud. A consecuencia del tratado, los mandos del ejército español destinados en Canarias obtienen tierras quedando los diferentes menceyes o reyes tribales como responsables políticos. Traidor para unos, estadista para otros, se bautizó en Calatayud el día de San Fernando y tomó el nombre cristiano de Fernando de Guarnateme».
Nuevamente, remarco “pacto entre los reinos de las Españas y el Reino de Canarias”.
No me imagino a Felipe Ros Brandon, de AMAGA, yendo a España para colocar dicha figura a fin de reforzar sus tesis. Evadiendo la ironía, al monumento se le atribuye cierta preexistencia, como sabemos, de hecho ni siquiera se alcanza a conocer el nombre del autor.
Tenemos una fecha, 30 de Mayo de 1483, que se repite en diferentes contextos de expresión, ya sean literatos o en dicho caso escultórico; tenemos el título de monarca atribuido hacia Hernando Guanarteme, el cual se contempla en variados documentos, como el testamento de su hija o el relato de “Ovetense” «y así se le hizo su bautismo con gran solemnidad, como a persona real»; tenemos evidencias históricas que demuestran una larga serie de condiciones propias para la nación canaria (leyes, moneda, sistema militar…). En fin, quién pretenda obviar tan importante tramo histórico no se deberá sino a una renegación predeterminada, de hecho nadie ha sido capaz de rebatir con lógica y debida argumentaciones tan efectivas circunstancias.
Como consecuencia, se gestaron Fueros propios para las islas, en base al “Pacto de Calatayud”: Por ejemplo el de 20 de diciembre de 1494 para la Isla de Gran Canaria, Ordenanzas del Consejo de Gran Canaria del 23 de junio de 1531 y de la Isla de Tenerife en 1540. Argumentamos remarcando que cuando aún no había terminado la conquistar de Tenerife, se promulga un fuero para Gran Canaria como resultado de los pactos atribuidos a la responsabilidad del susodicho Hernando de Guanarteme. Tras los debidos acuerdos, Gran Canaria figuró, en el proceso de europeización en esta parte del Atlántico, como modelo expansionista a fin de implantar un sistema social y administrativo para la totalidad del Archipiélago, europeizado pero con evidentes características indígenas. Así, las primeras disposiciones legales, respecto a la gestión y organización de las islas, quedaron recogidas en el Fuero de Gran Canaria y bajo el reinado de Hernando de Guanarteme: por ejemplo, un método de pesos y medidas, o, un valor monetario de carácter propio, dando lugar a la moneda canaria. Por consiguiente, abanderándose con el ejemplo canarii, en las demás islas se aplican otros fueros similares al original. Éstos, en la práctica, tienden a unificarse mediante “reales cédulas”, completándose con “ordenanzas insulares”. Las Ordenanzas del consejo de Gran Canaria se promulgan el 23 de junio de 1531, las de Tenerife en 1540. Todas estas normas, más las añadidas a lo largo de la Historia , constituyen lo que acertadamente podría denominarse “El fuero de Canarias”. El país pudo presumir de consejos o cabildos, uno por cada isla y con posibilidad de coordinarse entre sí; eran asambleas de notables, aunque en determinados acontecimientos, especiales, se contaba con la participación de los vecinos. Nuestros cabildos dispensaban derechos de placet ante las leyes del imperio castellano-leonés, particularidad propia en Canarias. Simbolizaban los gobiernos reales de cada isla y negociaban directamente con el gobierno real de Castilla, sin necesidad de representación en la Corte. Curioso sistema político que privilegiaba los bienes nacionales de cada isla, tal que en época precolonial, una federación de “gobiernos reales”, no supeditándose unos a otros, más los dichos consejos de notables cuales tagorores. Reiteramos, propias y auténticas circunstancias que además reflejan el nivel de soberanía ejercido en Canarias (independencia ante las leyes del imperio, sin presencia en la corte imperial, autonomía para negociar con el imperio desde un posicionamiento diferenciado…), en los otros reinos afines al imperio despuntaban un único estado real y normalmente supeditado al castellano. Bien es cierto que, frente al poder autónomo del “tagoror” (consejo), se mantuvo, un tiempo, la mano negra de gobernadores y regidores. Pero, estos al contrario de lo que se cree no gozaban impunidad, llegando a tener que amortizar sanciones tras las denuncias, en los tribunales, de los autóctonos hacia ellos y hacia desmadrados colonos en general; multas, destierros, destituciones de cargos, pagos de deudas, etc. El orden nacional canario se debía y se hacía respetar, en aquellos tiempos.
Por lo tanto no procede la negación, hacia el Pacto de Calatayud, desde determinados sectores nacionalistas, lo cual solo obedece al testarudo empeño de seguir fieles a un discurso que tal vez se haya caducado en algunos aspectos. Un alegato que cuando se ideó seguramente no era conciente de tal realidad; por suerte se va profundizando en nuestra historia. Lo cierto es que la vieja peroración viene resultando ciertamente pesimista y no hace justicia con el espíritu combativo de nuestros antepasados, lejanos y cercanos. Tras la conquista no fuimos tan dóciles y mansos como nos quieren hacer creer, nuestros antiguos supieron posicionarse ante las circunstancias y alcanzaron derechos nacionales propios de una actual y verdadera nación estado.
Claro que castilla (el estado español es su natural prolongación) nos conquistó y sometió a una resolución impuesta que subordino el natural orden indígena, obligando a producir un cambio por la fuerza de las armas, siempre en beneficio de proyectos especuladores europeos. Sin embargo, como venimos diciendo, la particular y tenaz resistencia de nuestros guanches impidió el sometimiento total, al contrario de lo que sí le ocurrió a los pueblos americanos y a muchos del continente africano. Luego, tras la conquista hubo un inicial proceso colonizador (siglo XV). Posteriormente otro (siglo XVIII), destructivamente totalitarista y que descompuso a la Nación Canaria. Ahí no pararon las pretensiones colonizadoras, podemos contabilizar una tercera más, en época franquista (siglo XX). Y como contundente mazazo, una cuarta bajo las ficticias bondades de una social democracia española, enmascarada, que no ha sido sino depravado colonialismo con su consecuente corrupción, especulación, masiva inmigración, marginación, paro y pobreza para los autóctonos. Por lo tanto, reconocer la circunstancia nacional canaria tras el Pacto de Calatayud, desde el siglo XVI hasta el XXIII, no adolece a nuestra justa demanda descolonizadora, más bien la refuerza.
Los hechos históricos confirman la existencias de unos pactos que fueron violados por el nuevo, pretencioso y totalitarista, estado español (siglo XVIII). Por medio de distinta casa real, esta vez los Borbones, el imperio Castellano decide centralizar el contexto de reinos bajo la denominada nación Española (siglo XVIII). Después de ese atropello absolutista, solo existiría un único reino con un único estado, auspiciado en un único sistema económico y un único poder militar, lo que hoy se conoce como España. Canarias, bajo la ilegalidad impuesta por el estado español, perdió unas adecuadas características afines al moderno ideal “nación estado” para ser forzada y explotada como pretendida “provincia de ultramar”. Insistimos, el estado español nos posee de forma ilegal. La serie de pactos firmados tras la conquista se violaron descaradamente. Repetimos una vez más, si bien es cierto que los documentos originales de estas declaraciones desaparecieron, seguro que de forma predeterminada por la insipiente españolidad, no menos lo es que existe un cúmulo de evidencias categóricas, las cuales, en su conjunto resaltan de forma concluyente el verdadero estatus, usurpado, que debería poseer la nación canaria.
El Pacto de Calatayud fue una realidad. Así que no compañeros, no seamos tan torpes como para ocultar nuestra verdadera historia ante un acomplejado, vergonzoso e injusto, tupido telón. No se justifica y yo no participaré en ello. Luego, España no nos invadió sino su precedente razón histórica, Castilla. No pudieron llegar a someternos totalmente, al contrario, tuvieron que recurrir a una serie de pactos con los guanches para conseguir europeizar a las islas. Más tarde, España, en su estado actual, violó dichos pactos y profundizo en el evidente colonialismo, el cual se agudizó con el franquismo y nos remata en la actual “socialdemocracia” española. Por lo tanto, sí fuimos conquistados ya que nos obligaron por la fuerza de las armas a un cambio de orden sociocultural; sí fuimos colonizados, además reiteradas veces. Todo esto es certero y reivindicadle, para manifestarlo no se hace necesario tergiversar la historia sino acomodarla con esclarecedora luz y poniendo los puntos sobre las i.
España, como entidad estatal históricamente vinculada a los intereses de Castilla y sus reinos (siendo ésta la responsable de la conquista de Canarias y por lo tanto de las atrocidades acometidas, así como del mercado esclavista incurrido tanto en época de conquista como durante los años anteriores a ella y que provocó una alarmante denuncia por parte del Vaticano, sancionándoles a través de las bulas papales “Régimen Gregis” y “Pastor Bonus”, excomulgándoles y acusándoles de piratas, ladrones y perversos cristianos, a toda la nobleza castellano-andaluza, incluidos sus monarcas, y a toda la iglesia castellana), en su día, y solo cuando Canarias esté definitivamente descolonizada, España deberá hacer frente a una gravada y correspondiente deuda histórica en favor de la perjudicada nación Canaria. Una deuda que no se olvida, y, si además tenemos en cuenta el incumplimiento de unos pactos sucesivamente violados tras la llegada de los borbones a la corona castellana, subordinando de forma ilegal a una legítima nación-estado canaria dentro del totalitarismo español, púes, que vayan echando cuentas.
Hay personas, bastante cortas, que intencionan aprovechar lo aquí expuesto simplemente para alcanzar el derecho de “comunidad histórica” dentro del estado español, mediante un estatuto colonial más caprichoso o razonar a una policía autonómica. Ciertamente la legalidad está de nuestro lado, pero siempre para retomar la independencia arrebatada, política, económica y militar. España no nos conviene, constantemente nos ha perjudicado, nos ha robado perennemente, nos expolia y si no lo remediamos seguirá haciéndolo. Cuando hemos necesitado ayuda, en nuestra historia y ante cualquier tipo de problema, supimos proceder por nosotros mismos, nunca siendo auspiciados por esos “bárbaros”, más bien al contrario.
Relación de documentos:
Comunidad de Calatayud.
http://cpcalzar.educa.aragon.es/esculturaurbana/calatayud.htm
Nación Canaria, razonamientos y evidencias.
http://www.estadodelanacioncanaria.com/3.html